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jueves, 18 de mayo de 2017

DIPUTADOS APRUEBAN CÁRCEL PARA QUIENES MATEN ANIMALES

La Cámara Baja aprobó este miércoles el proyecto de ley que introduce una serie de modificaciones a los artículos 10 y 38 de la Ley N° 4.840/13 de protección y bienestar animal.
La iniciativa pretende
tipificar la agresión y muerte
hacia las mascotas como acción penal pública y que el
Ministerio Público sea el
encargado de la persecución estableciendo sanciones de hasta dos años de cárcel o
multa, según dispone el
artículo 38 de la Ley. Además aquellas que incurran en estas faltas, no podrían adquirir animales como mascotas hasta 10 años.
En otro punto, se expresa la
responsabilidad civil sobre los
daños que cause un animal
hacia un ser humano. Si una persona resulta víctima fatal del animal, el propietario o dueño podrá ser castigado con
pena privativa de libertad de
hasta cinco años o con multa.
La modificación incluye un punto más al Artículo 10 de la Ley que prevé la creación de una Unidad
Especializada de Protección
Animal, integrada por personal
capacitado en medicina veterinaria y que esta se encargue de intervenir en los
casos de delitos de violencia y
crueldad en contra de los
animales y, en su caso, poner a disposición de las autoridades
pertinentes.
Esta aprobación fue celebrada en el seno de las Organizaciones Civiles protectoras y esperan los mismos resultados en Senadores.