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martes, 28 de junio de 2016

ELEVADAS MULTAS PARA INFRACTORES DE LA LEY DE TRANSITO

La Ley 5016/14 de Transito y Seguridad Vial se encuentra en vigencia y es aplicada duramente por la Patrulla Caminera quién se encuentra realizando constantes controles en todo el país.
Sí bien la legislación se encuentra disponible en varios sitios del estado Paraguayo, resulta un tanto fatigante realizar la lectura en busca de puntos claves que un individuo debe conocer para evitar la incorrecta aplicación de algunas normas.
Luego de la ubicación de barreras en lugares poco usuales podemos destacar que la normativa especifica en su Artículo 7 "La competencia en las rutas nacionales y departamentales, así como en los ramales y caminos vecinales que atraviesen los municipios, corresponderá a la Patrulla Caminera; salvo que mediare un Convenio de Delegación de Competencias"
Por otro lado, los Artículos 25, 26 y 27 especifican los requisitos, parámetros, estándares en cuanto a la expedición de licencias de conducir por parte de los municipios. Otros puntos cruciales como en el caso de las motocicletas, la utilización del casco protector y chaleco reflectivo son obligatorios en todo momento tanto para el conductor como su acompañante.
Aquí algunas de las sanciones previstas en jornales de acuerdo a cada infracción:
CARENCIA DE LICENCIA DE CONDUCIR: Se demora el vehículo, se elabora acta, se remite al Ministerio Público y la multa es de 10 jornales – 701.560 Gs
ENTREGAR EL VEHÍCULO A PERSONA SIN LICENCIA: Se demora el vehículo, se elabora acta, se remite al Ministerio Público, la multa es de 10 jornales – 701.560 Gs
VENCIMIENTO DE LA LICENCIA: Solo en caso del vencimiento quinquenal (5 años) la perforación no está contemplada en la Ley, se demora el vehículo y la multa es de 10 jornales – 701.560 Gs
NO TENER CONSIGO LA LICENCIA: Se demora el vehículo, la multa es de 5 jornales- 350.780 Gs
CARENCIA, VENCIMIENTO O NO PORTAR LA HABILITACIÓN: Se demora el vehículo y la multa es de 5 jornales-350.780
CONDUCCIÓN DE VEHÍCULOS POR MENORES DE EDAD: Se elabora acta y se remite al Ministerio Público, si hay un mayor habilitado para conducir, previo pago de la multa y firma de un acta de responsabilidad se libera el vehículo , la multa 10 jornales-701.560 Gs
CARENCIA DE CHAPA: se demora el vehículo, para retirar el vehículo el propietario debe presentar el formulario de verificación del registro del automotor y pagar la multa de 10 jornales-701.560 Gs
CHAPA PROVISORIA VENCIDA: Las chapas provisorias tienen una validez de 20 dias hábiles, se demora el vehículo y para retirar se debe presentar el formulario de verificación y la multa de 10 jornales-701.560 Gs
TRANSITO DE VEHÍCULO RECIÉN ADQUIRIDO SIN CHAPA DEFINITIVA: para un 0km, se permite el desplazamiento desde la casa de adquisición hasta su domicilio para gestionar la habilitación municipal, por una sola vez y en un solo itinerario, con el registro de conducir y la chapa provisoria con un sello de la casa vendedora y la fecha de la chapa provisoria debe coincidir con la factura y certificado de venta.
Teniendo chapa provisoria, factura, certificado de venta y ya con la habilitación, el vehículo puede circular por 20 dias hábiles.
Para el tránsito de un vehículo importado, se permite la circulación desde el puerto a la playa o taller de cambio de volante.