En la jornada de hoy la Cámara de Diputados realizó un minucioso estudio de la "Ley General de Tránsito", que sustituye a la cuestionada Ley de Tránsito que fue derogada al ser criticada ampliamente por varios sectores de la sociedad civil y gremios
En total la nueva legislación cuenta con 147 artículos en total y el plenario de la Cámara Baja analizó este jueves los últimos 93 articulados para su aprobación definitiva y ahora todo quedará en manos del Senado.
En cuanto a los puntos en debate, el único artículo discutido por los legisladores fue el 60, que habla sobre las prohibiciones, el debate se centró en los incisos a, i, v, w y x; algunos sufrieron pequeñas modificaciones, pero el resto quedó tal cual estaba redactado.
Una de las prohibiciones del proyecto es el de circular o detenerse con vehículos que emitan sonido cuyos decibeles superen los niveles permitidos en la reglamentación o afecten la seguridad vial en general o provoquen polución sonora a terceros.
También se prohíbe circular con defensas delanteras o traseras, enganches sobresalientes, o cualquier otro elemento que excedan los límites establecidos en la reglamentación, que será establecido una vez promulgada la normativa.
Tampoco se puede instalar en la parte delantera de los vehículos, y especialmente sobre el tablero, equipos de televisión, monitores o pantallas.
El artículo 101, inciso D, que establece la figura de falta gravísima, cuando el infractor sea funcionario público y cometa la falta abusando de este carácter.
Se aclaró que esto será para funcionarios de la autoridad de aplicación, ya que el término es bastante amplio.
En cuanto a los plazos, *se aprobó que el Poder Ejecutivo reglamente la normativa en un plazo no mayor a los 6 meses *desde la aprobación y no así en 12 meses como inicialmente estaba establecido.
Ahora está reglamentación mejorada entra en análisis por parte de los sectores sociales que en su momento cuestionaron y se movilizaron considerando que fueron afectados en sus intereses como parte de la ciudadanía o miembros de alguna organización.
En total la nueva legislación cuenta con 147 artículos en total y el plenario de la Cámara Baja analizó este jueves los últimos 93 articulados para su aprobación definitiva y ahora todo quedará en manos del Senado.
En cuanto a los puntos en debate, el único artículo discutido por los legisladores fue el 60, que habla sobre las prohibiciones, el debate se centró en los incisos a, i, v, w y x; algunos sufrieron pequeñas modificaciones, pero el resto quedó tal cual estaba redactado.
Una de las prohibiciones del proyecto es el de circular o detenerse con vehículos que emitan sonido cuyos decibeles superen los niveles permitidos en la reglamentación o afecten la seguridad vial en general o provoquen polución sonora a terceros.
También se prohíbe circular con defensas delanteras o traseras, enganches sobresalientes, o cualquier otro elemento que excedan los límites establecidos en la reglamentación, que será establecido una vez promulgada la normativa.
Tampoco se puede instalar en la parte delantera de los vehículos, y especialmente sobre el tablero, equipos de televisión, monitores o pantallas.
El artículo 101, inciso D, que establece la figura de falta gravísima, cuando el infractor sea funcionario público y cometa la falta abusando de este carácter.
Se aclaró que esto será para funcionarios de la autoridad de aplicación, ya que el término es bastante amplio.
En cuanto a los plazos, *se aprobó que el Poder Ejecutivo reglamente la normativa en un plazo no mayor a los 6 meses *desde la aprobación y no así en 12 meses como inicialmente estaba establecido.
Ahora está reglamentación mejorada entra en análisis por parte de los sectores sociales que en su momento cuestionaron y se movilizaron considerando que fueron afectados en sus intereses como parte de la ciudadanía o miembros de alguna organización.
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