Este jueves, la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley de pérdida de investidura que establece la necesidad de mayoría absoluta de votos para expulsar a un legislador del Congreso, esto es considerado un nuevo intento para el autoblindaje en su máxima expresión.
El Senado aprobó con modificaciones el proyecto que reglamenta el artículo 201 de la Constitución Nacional, sobre el proceso de pérdida de investidura de los legisladores.
El mismo había sido aprobado a finales del año pasado en la Cámara de Diputados y establece una mayoría absoluta, de 23 votos en Senado y 41 en Diputados, para la expulsión de los parlamentarios.
Un total de 17 legisladores votaron por la aprobación, entre ellos los integrantes del Llanismo y la bancada del Frente Guasú. Por el rechazo 12 votos, ausentes 12 y 3 abstenciones. El proyecto además establece que el pedido de expulsión debe ser presentado en la cámara de la cual el afectado forma parte, la que a la vez actuará como juez exclusivo. No se habla de la intervención del Tribunal Superior de la Justicia Electoral como órgano juzgador. Igualmente la cámara respectiva llame a sesión extraordinaria dentro de los ocho días corridos de la sesión en la que tuviera ingreso el pedido de pérdida de investidura. Ahora el documento pasa a Diputados para su correspondiente revisión.
Así votaron en Cámara de Senadores.
Fuente: Última Hora.
El Senado aprobó con modificaciones el proyecto que reglamenta el artículo 201 de la Constitución Nacional, sobre el proceso de pérdida de investidura de los legisladores.
El mismo había sido aprobado a finales del año pasado en la Cámara de Diputados y establece una mayoría absoluta, de 23 votos en Senado y 41 en Diputados, para la expulsión de los parlamentarios.
Un total de 17 legisladores votaron por la aprobación, entre ellos los integrantes del Llanismo y la bancada del Frente Guasú. Por el rechazo 12 votos, ausentes 12 y 3 abstenciones. El proyecto además establece que el pedido de expulsión debe ser presentado en la cámara de la cual el afectado forma parte, la que a la vez actuará como juez exclusivo. No se habla de la intervención del Tribunal Superior de la Justicia Electoral como órgano juzgador. Igualmente la cámara respectiva llame a sesión extraordinaria dentro de los ocho días corridos de la sesión en la que tuviera ingreso el pedido de pérdida de investidura. Ahora el documento pasa a Diputados para su correspondiente revisión.
Así votaron en Cámara de Senadores.
Fuente: Última Hora.
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