La Presidencia de la República emitió este sábado el decreto Nro.3964, por la cual se establece la "Cuarentena Social", medida que había sido anunciada días atrás. La normativa entra en vigencia desde mañana.
Este sábado se emitió el decreto mediante el cual se establece la entrada en vigencia de la denominada "cuarentena social", para el Departamento Central y Asunción, el cual se extenderá hasta el próximo 6 de setiembre. Las personas podrán circular libremente de 05:00 a 20:00 horas.
Los comercios no esenciales podrán operar de 10:00 a 19:00 horas, sin habilitar áreas comunes. Los sectores esenciales como; salud, medios de comunicación, supermercados, despensas, cadenas logísticas, farmacias, están exceptuados.
Los locales gastronómicos deberán abrir de 5:00 a 23:00 horas entre semana y de 5:00 a 00:00 los fines de semana, con agendamiento previo y estricto protocolo para el control de los clientes.
Los funcionarios públicos cumplirán el horario de 8:00 a 15:00, debiendo mantener la cantidad mínima de funcionarios para atender los servicios. Igualmente, como lo adelantaron queda suspendido el transporte de pasajeros de larga y media distancia para los sábados y domingos.
Las demás actividades siguen los lineamientos establecidos en la Fase 3, con esto se busca frenar la acelerada tasa de contagio registrada en los últimos días.
sábado, 22 de agosto de 2020
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EMITEN DECRETO QUE ESTABLECE LA CUARENTENA SOCIAL
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